Los pequeños productores, propietarios de explotaciones entre 200 y 300 hectáreas CONEAT 100, están exoneradas del Impuesto de Primaria. Para obtener la exoneración deben presentar una declaración jurada antes del 29 de abril de 2024, según informó la Dirección General Impositiva (DGI).
¿Cómo exonerar el Impuesto de Primaria?
A estos efectos, está disposición el formulario 5981 con datos precargados en Servicios en línea / Declaraciones / Borrador Primaria Rural, al que se accede debidamente autenticado.
El formulario fue confeccionado en base a la información proporcionada por la declaración jurada del año 2023, por lo que corresponde aceptar el “borrador” si la situación respecto a los padrones declarados permanece incambiada.
En caso de haberse producido altas o bajas en los padrones declarados, se debe realizar la declaración jurada 3980 en la aplicación Sigma.
Por su parte, los productores propietarios de más de 300 hectáreas CONEAT 100 que deban presentar su declaración jurada y pagar el Impuesto de Primaria, encontrarán en “Borrador Primaria Rural” de Servicios en línea el formulario 3981 con datos precargados de acuerdo a los datos aportados en la declaración del año anterior.
De haber ocurrido cambios en la información de sus padrones, deberán realizar la declaración jurada 3980 en la aplicación Sigma, explicó la DGI.
Se recuerda que los propietarios de padrones rurales que explotan hasta 200 hectáreas CONEAT 100 y que presentaron declaración ante las intendencias departamentales para beneficiarse de la exoneración de la Contribución Inmobiliaria, están exonerados y no deben realizar ningún trámite ante DGI.
De no cumplir con lo anterior, deberán presentar la Declaración Jurada 3980 detallando los padrones explotados para acceder a la exoneración antes del 29 de abril de 2024.