Un decreto del Ministerio de Defensa estableció cambios en la regulación de la actividad aeronáutica por entender que era conveniente modernizarla. El texto pretende flexibilizar la posibilidad de integrar la composición de capitales en las empresas nacionales con el objetivo de captar inversión extranjera.

El texto señala que las empresas nacionales interesadas en la prestación de los servicios de transporte aéreo público deberán presentar su petición ante la Dirección Nacional de Aviación Civil e Infraestructura Aeronáutica (Dinacia), ajustándose a las formalidades y requisitos establecidos por las normas generales aplicables al procedimiento administrativo.

En el caso de las empresas extranjeras interesadas en la prestación de servicios de transporte aéreo público internacional también deberán presentarse ante la Dinacia, acompañando los documentos acreditantes y debidamente traducidos y legalizados.

 También se estableció que las empresas nacionales e internacionales interesadas en prestar servicios de taxi aéreo deben presentar su interés ante la Dinacia.

El Ministerio de Defensa indica en el decreto que en la normativa que se propone se unifica lo que refiere a los servicios de transporte aéreo público regular y no regular, servicios de taxi aéreo, vuelos no regulares accidentales y trabajo aéreo, derogando las normas anteriores.

Además se instrumentan modificaciones respecto a las exigencias de la documentación, situación financiera, proyección empresarial, solvencia económica y constitución de garantías de los interesados en la explotación de la actividad comercial aeronáutica.

 

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